Contamos con profesionales con más de 20 años de experiencia dedicados a las actividades agrícolas, en
AGROINSPECCIONES ANDALUZAS S.L., disponemos de equipos móviles totalmente preparados que
llevarán a cabo las pruebas pertinentes de acuerdo al Manual de Inspecciones editado por el Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en uso, donde se recoge toda la información relativa a las
tareas de inspección. Ante cualquier duda que el usuario pudiera tener antes de pasar la inspección, es
recomendable consultar dicho manual.
Tenemos el personal necesario para realizar todas las funciones de inspección, contando al menos, con un
director técnico y un inspector.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 11.2 del Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, las personas
titulares de los equipos elegirán libremente la estación ITEAF donde desee realizar la inspección. Las ITEAF
deberán atender la solicitud de inspección garantizando, a causa de las especiales características de
movilidad de estos equipos, que el desplazamiento de los mismos no supere los 20 km, para ello contamos
con unidades móviles completamente equipadas, que se desplazaran al lugar mas favorable para la
inspección.
Dada nuestra trayectoria profesional también realizamos otros servicios relacionados con la agricultura.
• Asesoría e informes agronómicos
• Gestión y Trazabilidad Agronómica, DAT, REAFA. ROPO.
• Proyectos y direcciones de obras de riego.
• Formación.
• Cuadernos de explotación y expedientes (GESTRAZA).
Antes de empezar la inspección el equipo deberá estar inscrito en el ROMA (Registro Oficial de Maquinaria
Agricola) , identificándose con un número de 12 dígitos indispensable para pasar la inspección, equipos
antiguos tienen un número con menos dígitos. También tramitamos las correspondientes inscripciones en el
Registro de Maquinaria Agrícola (ROMA).
A continuación tenéis los grupos de equipos que según el anexo II del Real Decreto 1013/2009, de 19 de
junio, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola, deben estar inscritos en el ROMA:
1.
Tractores agrícolas y forestales de cualquier tipo y categoría.
2.
Motocultores.
3.
Tractocarros.
4.
Máquinas automotrices de cualquier tipo, potencia y peso.
5.
Máquinas arrastradas de más de 750 kg de masa máxima con carga admisible del vehículo en
circulación (MMA).
6.
Remolques agrícolas.
7.
Cisternas para el transporte y distribución de líquidos.
8.
Equipos de tratamientos fitosanitarios arrastrados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso.
9.
Equipos de distribución de fertilizantes arrastrados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso.
10.
Las máquinas no incluidas en algunos de los apartados anteriores, para cuya adquisición se haya
concedido un crédito o una subvención oficial.
11.
Aquellas máquinas no contempladas anteriormente y que determinen las comunidades autónomas.
Quedan excluidas de la obligación de inscripción en el R.O.M.A. las máquinas clasificadas en la tarjeta de
ITV como maquinaria de obra y servicios, así como las máquinas y equipos utilizados en la industria
agroalimentaria.
Antes de la Inspección
Es importante que antes de llevar el equipo a realizar la Inspección técnica,
realicemos una serie de comprobaciones, al objeto de que el equipo pueda
someterse a dicha inspección, cumpliendo la normativa en cuanto a medidas
de seguridad y funcionalidad de las operaciones a realizar.
Acciones a realizar por parte del propietario (titular o responsable del equipo), antes de
presentarse a la inspección:
•
Limpiar interiormente la máquina de tratamientos, especialmente las partes que durante las
aplicaciones estén en contacto directo con los productos fitosanitarios. Se recomienda
desmontar una a una todas las boquillas y todas las mallas de los filtros.
•
Limpiar el exterior de la máquina de tratamientos al objeto de eliminar los residuos de
productos.
•
Los defectos o disfunciones detectados con anterioridad a la inspección serán reparados
previamente.
•
Se debe comprobar que las boquillas no se encuentren obstruidas ni desgastadas.
•
Se debe comprobar el estado de las mallas de los filtros.
•
Es necesario que el manómetro presente las divisiones adecuadas: mínimo de 0,2 bar para
presiones de trabajo de 5 bar y mínimo de 1 bar para presiones de trabajo de 5 a 20 bar.
•
No se admitirán máquinas de tratamientos que presenten fugas en sus circuitos hidráulicos,
ya sean de producto o de aceite.
•
El depósito se encontrará lleno de agua limpia hasta su capacidad nominal.
•
Preferiblemente, la máquina de tratamientos estará accionada por el tractor con el que
trabaja habitualmente.
•
Los resguardos de la toma de fuerza y su eje estarán debidamente protegidos. Y lo mismo se
aplicará al resto de elementos móviles del equipo.
El no cumplir alguno de los puntos anteriormente descritos dará lugar a la
evaluación DESFAVORABLE de la inspección.
Criterios de evaluación de la inspección
La consecución de la calificación de INSPECCIÓN FAVORABLE implica el cumplimiento
de todos los artículos incluidos en las Normas oficiales de inspección.
SIN DEFECTO = INSPECCIÓN FAVORABLE
CON DEFECTO = INSPECCIÓN DESFAVORABLE
En base a los resultados
1. La estación ITEAF emitirá un certificado por cada uno de los equipos inspeccionados, que tendrá validez en
todo el territorio nacional, para su entrega al interesado, junto con un boletín de resultados que contemple
cada uno de los elementos del equipo inspeccionados y los defectos, tanto leves como graves, encontrados en
la misma. Una copia de ambos documentos, así como cualquier otro documento generado durante la
inspección, estará disponible en la propia ITEAF, pudiendo estar en formato electrónico.
2. La estación ITEAF remitirá al órgano competente de la comunidad autónoma un listado informático de los
equipos con resultado favorable de la inspección, así como de los desfavorables, con indicación de los
defectos graves encontrados.
3. Para que una inspección realizada en cualquier ITEAF tenga validez en todo el territorio nacional, y a fin de
que permita el análisis y el reconocimiento mutuo de los resultados de las inspecciones, los certificados y los
boletines de inspección tendrán unos contenidos mínimos y estandarizados.
4. El resultado de la inspección será FAVORABLE cuando no se haya detectado ningún defecto grave. Se
entenderá como defecto grave, cuando éste afecte severamente a la calidad de la distribución del producto, a
la seguridad del operario o al medio ambiente, y tipificado como tal en el correspondiente Manual de
Inspecciones.
5. Cuando el resultado de la inspección sea FAVORABLE, la estación ITEAF proporcionará al titular del
equipo, el correspondiente certificado junto con un distintivo autoadhesivo que se colocará en un lugar
visible del equipo. En el citado distintivo se indicará, al menos, el año límite en que debe pasar la próxima
inspección, la identificación de la ITEAF que ha realizado la inspección y el número indicativo de la inspección.
6. Cuando el resultado de la inspección sea DESFAVORABLE, que implica la no utilización del equipo, la
estación ITEAF emitirá el correspondiente certificado en el que se incluirá el plazo máximo, en el que debe
realizarse una nueva inspección, que debe ser en la misma estación, y que no podrá exceder del plazo
máximo de 30 días.
•
Si el titular no tiene la inspección del equipo en vigor, no esta cumpliendo los requisitos
de uso sostenible de los plaguicidas por lo que le será de aplicación las penalizaciones
recogidas en la ley 43/2002 de Sanidad Vegetal.
•
Las normas de comercialización privadas, tipo GlobalGap, conocen que este requisito
esta impuesto a nivel europeo, por lo que lo incorporaran a sus requisitos de
comercialización.
•
Las inspecciones referidas a Riesgos Laborales se verán afectadas por este
incumplimiento.
•
Este requisito se recogerá en las condiciones de cumplimiento de la condicionalidad,
por lo que puede verse afectado el importe de las ayudas comunitarias.
Consecuencias de no pasar la Inspección
Fijamos el lugar y la hora de la inspección para comprobar el cumplimiento de los requisitos que afectan a las partes del
equipo e informar sobre los aspectos que afectan el funcionamiento y a la correcta utilización de los equipos de aplicación de
productos fitosanitarios.
Deben permitir una limpieza fácil y completa. Deben, además, garantizarla la seguridad de las operaciones y poder ser
controlados y detenidos inmediatamente desde el asiento del operador. En su caso, los ajustes deben ser simples, precisos y
reproducibles.
Habrá de prestarse especial atención a lo siguiente:
1) Elementos de transmisión de la potencia.
La carcasa protectora de la transmisión de la toma de fuerza y la protección de la conexión de la toma de fuerza
estarán ajustadas y se encontrarán en buen estado, y los dispositivos de protección y cualquier parte de la
transmisión que sean móviles o giratorias no estarán afectadas en su funcionamiento, de forma que se asegure la
protección del operador.
2) Bomba.
La capacidad de la bomba corresponderá a las necesidades del equipo y la bomba debe funcionar adecuadamente
para garantizar un volumen de aplicación estable y fiable. La bomba no tendrá fugas.
3) Bastidor y elementos estructurales.
El bastidor y todos los elementos estructurales deben estar en buenas condiciones sin presentar de- formaciones
permanentes, muestras significativas de corrosión u otros defectos que pudieran afectar la rigidez o la resistencia
del pulverizador. Este requisito también se aplica al dispositivo de acoplamiento.
4) Sistema de aire.
En su caso, el sistema de aire (ventilador, carcasa, deflectores) debe estar en buenas condiciones e instalado de
manera funcional. La inspección debe verificar en particular que: - No faltan paletas o que no están dañadas -
Ningún elemento muestra deformación mecánica, desgaste excesivo o corrosión suficiente que interfiera con el
funcionamiento seguro o produzca vibraciones significativas; - El resguardo que impide el acceso al ventilador está
en su sitio. Si el sistema de aire está provisto de un embrague que le permite desconectarse de otros elementos
accionados del pulverizador, entonces éste debe funcionar adecuadamente.
5) Agitación.
Los dispositivos de agitación deben asegurar la adecuada recirculación para conseguir que la concentración de
todo el volumen de la mezcla líquida de pulverización que se encuentre en el tanque sea uniforme. Al régimen de
trabajo nominal con el máximo caudal y a la máxima presión de trabajo debe observarse una pulverización
adecuada y una buena agitación en el depósito.
6) Tanque de líquido para pulverización.
Los tanques para pulverización, incluidos el indicador de contenido del tanque, los dispositivos de llenado, los
tamices y filtros, los sistemas de vaciado y aclarado y los dispositivos de mezcla, deben funcionar de forma que se
reduzcan al mínimo los vertidos accidentales, distribuciones irregulares de la concentración, la exposición del
operador y el volumen residual.
7) Sistemas de medida y de regulación y control.
Todos los dispositivos de medida, de conexión y desconexión, de ajuste de la presión o del caudal estarán
calibrados adecuadamente y funcionarán correctamente y sin fugas. Durante la aplicación debe ser fácil controlar
la presión y utilizar los dispositivos de ajuste de la presión. Los dispositivos de ajuste de la presión mantendrán una
presión constante de trabajo con un número constante de revoluciones de la bomba, para garantizar que el caudal
de aplicación es estable.
8) Conducciones.
Las conducciones del sistema hidráulico de accionamiento de los elementos del pulverizador, si dispone de ellos,
deben estar en buen estado, sin presentar desgastes y/o roturas que puedan provocar accidentes o
contaminación. Los tubos y mangueras se encontrarán en buen estado para evitar fallos que alteren el caudal de
líquido o vertidos accidentales en caso de avería. No habrá fugas de los tubos o mangueras cuando el equipo esté
funcionando a la presión máxima.
9) Filtrado.
Para evitar turbulencias y heterogeneidad en el reparto de la pulverización, los filtros se encontrarán en buenas
condiciones y su tamaño de malla corresponderá al calibre de las boquillas instaladas en el pulverizador. En su
caso, deberá funcionar correctamente el sistema de indicación del bloqueo de los filtros. Debe haber como mínimo
un filtro por el lado de impulsión de la bomba y, en el caso de bombas de desplazamiento positivo (pistones o
membranas), otro filtro en el lado de aspiración. Se deben poder limpiar los filtros, con el depósito lleno hasta su
volumen nominal, sin que se produzcan fugas de líquido de pulverización excepto aquellas que aparezcan en la
carcasa del filtro y en las conducciones de aspiración.
10) Barra de pulverización (en caso de equipos que pulvericen productos fitosanitarios por medio de una
barra dispuesta horizontalmente, situada cerca del cultivo o de la materia que se vaya a tratar).
La barra de pulverización debe encontrarse en buen estado y ser estable en todas las direcciones. Los sistemas de
fijación y ajuste y los dispositivos para amortiguar los movimientos imprevistos y compensar la inclinación deben
funcionar de forma correcta.
11) Boquillas.
Las boquillas deben funcionar adecuadamente para evitar el goteo cuando cese la pulverización. Para garantizar la
homogeneidad del reparto de la pulverización, el caudal de cada una de las boquillas no se desviará
significativamente de los valores de las tablas de caudal suministrados por el fabricante.
12) Distribución.
Deben ser uniformes la distribución transversal y vertical (en caso de aplicaciones a cultivos en altura) de la mezcla
de pulverización en la superficie objetivo, cuando corresponda.
13) Sistema neumático (en caso de equipos de aplicación que lo incorporen).
El sistema neumático debe encontrarse en buen estado y proporcionar un chorro de aire estable y fiable.
14) Tapa del Depósito
El depósito debe estar provisto de una tapadera que debe adaptarse bien y estar en buenas condiciones. Esta
tapadera se debe apretar bien para impedir fugas y debe evitar toda apertura involuntaria. En el(los) orificio(s) de
llenado debe haber un filtro (CANASTILLA) en buenas condiciones.
Debe existir un dispositivo de compensación de la presión para evitar que se produzca sobrepresiones o bajas
presiones en el depósito.
15) Indicador(es) del contenido del depósito (indicador de nivel)
Se debe poder leer claramente el volumen de líquido en el depósito desde el puesto de conducción y/o desde
donde se llene el depósito.
16) Vaciado del Depósito.
El dispositivo de vaciado debe estar situado en el punto más bajo del depósito para conseguir vaciar todo el líquido
contenido en el mismo.
17) Manómetros.
Se debe colocar como mínimo un manómetro analógico o digital en una posición donde su lectura sea fácil desde el
puesto del operario. Los manómetros deben ser los adecuados para el rango de presiones con los que se trabaje. El
diámetro mínimo de un manómetro analógico debe ser al menos de 63 mm, excepto para aquellos instalados en
pistolas y lanzas de pulverización, que deben tener un diámetro mínimo de 40 mm.
- Unidad de escala de cómo mínimo 0,2 bar para presiones de trabajo <5bar
- Unidad de escala de cómo mínimo 1,0 bar para presiones de trabajo comprendidas entre 5 bar y 20 bar
- Unidad de escala de cómomínimo 2,0 bar para presiones de trabajo >20 bar
¿Cómo es la Inspección?
Según lo establecido en la Directiva 2009/128/CE “los Estados miembros velarán por que los equipos de
aplicación de plaguicidas para uso profesional sean objeto de inspecciones periódicas”. Por ello, el Real
Decreto que regula las inspecciones obligatorias de equipos de tratamientos fitosanitarios en uso establece
las siguientes definiciones de equipos objeto de inspección, incluyendo como tal cualquier máquina destinada
específicamente a la aplicación de productos fitosanitarios, incluidos los elementos y dispositivos que sean
fundamentales para el correcto funcionamiento de dicho equipo:
Se consideran objeto de inspección, según (Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, de
inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.).
a) Equipos móviles de aplicación de productos fitosanitarios, inscritos en el ROMA y utilizados en la
producción primaria, agrícola y forestal, así como los equipos utilizados en otros usos profesionales, y
que correspondan a algunos de los siguientes géneros de máquinas:
•
Pulverizadores hidráulicos (de barras o pistolas de pulverización).
•
Pulverizadores hidroneumáticos.
•
Pulverizadores neumáticos.
•
Pulverizadores centrífugos.
•
Espolvoreadores.
b) Equipos de aplicación montados a bordo de aeronaves, que deberán disponer de la mejor tecnología
disponible para reducir la deriva de la pulverización.
c) Equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados.
d) Equipos de aplicación de fitosanitarios en uso en centrales hortofrutícolas.
e) Equipos de aplicación de fitosanitarios en uso en centrales de procesado de semillas.
f) Casos especiales y exclusiones.
Se tienen que inspeccionar los equipos de aplicación de fitosanitarios instalados sobre quads de cualquier
volumen de capacidad del depósito. Con respecto a la inscripción al ROMA, sólo se tiene que inscribir el
equipo de aplicación, no el quad.
Se excluyen del ámbito de aplicación de este Real Decreto los pulverizadores de mochila, los pulverizadores
de arrastre manual (carretilla) con depósito de hasta 100 litros, y otros equipos, móviles o estáticos, no
contemplados anteriormente
Únicamente están exentos de inspección las mochilas de pulverización y los pulverizadores de arrastre
manual de hasta 100 litros.
No obstante lo indicado en el punto anterior, el órgano competente de la comunidad autónoma, tras haber
efectuado una evaluación del riesgo para la salud humana y el medio ambiente de determinados equipos
excluidos, establecerá, en su ámbito territorial, la obligatoriedad de la inspección de estos equipos, cuando
éstos no ofrezcan un elevado nivel de protección.
Equipos que deben pasar la Inspección
La legislación sobre uso sostenible de Plaguicidas obliga a que los equipos de aplicación de productos
fitosanitarios pasen una inspección de forma periódica (Real Decreto 1702/2011).
Con carácter previo a la inspección, los equipos de aplicación deberán INSCRIBIRSE en el "Censo de
Equipos a Inspeccionar de Andalucia" (CEIA). Por defecto, aquellos equipos ya inscritos, o que en un
futuro se deban inscribir en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), se incluirán de oficio en el
Censo sin ningún trámite adicional.
Los equipos incluidos en el CEIA deben pasar la inspección, al menos una vez, con anterioridad al 26 de
noviembre de 2016, salvo que se traten de equipos nuevos adquiridos después del 10 de diciembre de
2011 (fecha de entrada en vigor del Real Decreto 1702/2011), que se inspeccionaran, al menos una vez,
dentro del plazo de los cinco primeros años.
Censo de equipos a inspeccionar
Santiago Ricor Miranda. Director / Inspector ITEAF
Ingeniero Técnico Agrícola en Explotaciones Agropecuarias.
Manuel Álvarez Moreno. Director/Inspector ITEAF
Ingeniero Agrónomo.
AGROINSPECCIONES ANDALUZAS S.L.
Gelves (Sevilla).
Móviles: 619381356 - 629106518
Mail: info@agroinspeccionesandaluzas.es
619 381 356
1.
INSPECCIONES OBLIGATORIAS EN LOS EQUIPOS
DE APLICACIÓN DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS
2.
CONSULTA DE INSCRIPCIONES
629 106 518
1.
Comprobación visual: Se observará visualmente el cumplimiento o no del requisito. El equipo
puede estar parado o en funcionamiento. Por ejemplo: la limpieza del equipo o las fugas
dinámicas.
2.
Prueba de funcionamiento: Se comprobará el funcionamiento del dispositivo o elemento
actuando de manera activa sobre él. Por ejemplo: la apertura y cierre de una válvula.
3.
Medición: Se evaluará mediante equipos o instrumentación de medida. Por ejemplo: La
precisión del manómetro o el caudal de las boquillas.
Método de verificación
La aplicación de las Normas UNE-EN ISO 16122 para la inspección de los equipos de aplicación de
fitosanitarios en uso conduce a la evaluación de los distintos elementos del pulverizador en dos
categorías: